Representantes de la Sociedad Civil del Municipio de San José. |
Marcala, La Paz.
Denuncian el proyecto Aurora I ante la Fiscalía de las Etnias de Honduras.
La denuncia contra la empresa de la diputada Gladis
Aurora López se realiza porque el permiso para la ejecución del proyecto en el
municipio de San José, La Paz se entregó sin hacer las consultas necesarias y
por violentar el convenio 169 de la OIT que protege la autonomía de los pueblos
indígenas.
El pueblo de San José como la mayoría del país
son Lencas y según el convenio 169 de la OIT que cualquier acción, proyecto que
se pretenda desarrollar en las
comunidades se debe de hacer una consulta con la ciudadanía de las comunidades
en el caso de este municipio no se realizó
una consulta libre ni espontanea, detalló el presentante legal de las
comunidad de San José Donal Hernández.
Después de las denuncias presentadas en el año 2011 y
de realizar las investigaciones la Fiscalía de las Etnias ha encontrado méritos
para presentar requerimientos fiscales contra funcionarios públicos y
represente de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) durante el
gobierno de facto de Roberto Micheletti por violentar los derechos de los
pueblos indígenas.
El primer requerimiento fiscal se presentó
contra Valerio Gutiérrez López ex ministro de la SERNA y se está considerando
un requerimiento fiscal contra otros
funcionarios públicos. Es de recordar que después del golpe de Estado contra el
presidente Manuel Zelaya Rosales dos días antes que Micheletti entregara el
poder en el 2010 se eliminó el blindaje
que tenían las áreas protegidas como el Jilguero mediante el decreto 233-2010.
Se trata del decreto 233-2010 aprobado el 22 de enero
de 2010 que deroga los decretos ministeriales 001-96 y 158-2009 en los cuales
se establecía que “La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente se abstendrá
de dar trámite a las solicitudes de licencia ambiental, cualquiera que sea la
naturaleza del proyecto, contratas de aprovechamiento de aguas y estudios de
factibilidad para proyectos hidroeléctricos de generación de energía, si los
mismos se encuentran en áreas protegida”. El decreto fue publicado en el Diario
oficial La Gaceta el 4 de febrero de este año.
Artículo 15 del Convenio 169 de la OIT: Es derecho de
los pueblos indígenas utilizar, administrar y conservar los recursos naturales
existentes en sus tierras; y en caso de que los minerales o recursos del
subsuelo sean propiedad del Estado, a ser consultados y otorgar, o no
consentimiento a los gobiernos antes de que emprendan cualquier proyecto de
explotación, a participar de los beneficios y a ser indemnizados por los daños
que puedan generar.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó
en 1989 el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países
Independientes, que entró en vigor en 1991, y desde entonces es el acuerdo
internacional de derecho indígena más conocido en el mundo.
El próximo 14 de julio del 2012 las y los ciudadanos
del municipio de San José realizaran una camina a partir de las cinco de la
tarde desde la Escuela Aspiración Infantil hasta el Parque Central con el
objetivo de dar a conocer la realidad que vive el municipio ante la falta de
transparencia de las autoridades locales y por la defensa de los Recursos
Naturales.
Publicado por el Marcalino
Edición 256, 26 de junio
del 2012
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