Tegucigalpa, MDC. El 19 de junio del 2013, Honduras tuvo la oportunidad histórica para
demandarle al Estado hondureño el acceso a la justicia de cientos de mujeres y
sus familias víctimas de los femicidios.
En el año 2012 en Honduras 606 mujeres murieron de
forma violenta, lo que representa una tasa de 14. 2 asesinatos por cada 100 mil
habitantes, según los datos de la Tribuna de Mujeres Contra los femicidios, 51
mujeres mueren asesinadas mensualmente, una cada 15 horas con 30 segundos. En
el trascurso del 2013 se contabilizan alrededor de 200 mujeres asesinadas. Ante
estas cifras de femicidios se instaló el Tribunal Alterno para evidenciar las
debilidades y las fallas de los órganos encargados de investigar e impartir
justicia en Honduras, en los casos de asesinatos contra las mujeres por razones
de género, a través de la presentación de tres casos reales y emblemáticos que
fueron judicializados en un juicio de carácter público simbólico.
Caso de Celia Gómez
La noche del 22 de febrero del 2009, entre las ocho y
nueve de la noche, en el parque infantil San Martin fue encontrada agredida la
joven Celia Flores. Su cuerpo estaba sobre la arena, presentaba heridas en su
rostro y cabeza, y corría sangre por la nariz y de su cabeza que mojaba la
arena, la joven falleció en el hospital. Una piedra ensangrentada fue removida
del lugar por agente policial. La testigo que encontró a Celia relató que
además se podían apreciar su ropa íntima; estaba semidesnuda.
Según las evidencias encontradas y los testigos, la
joven Celia tuvo una relación con el que fuera el imputado, quien mostraba una
conducta agresiva, lenguaje soez y de persecución hacia la víctima. Según los
testimonios de los testigos Celia era sometida a una relación degradante y de
discriminación por su condición humana y de mujer.
Caso de Claudia Rojas
El domingo 1 de julio del 2008, aproximadamente a las
doce y cuarenta minutos del medio día, agentes de la Dirección General de
Investigación Criminal cumpliendo con una orden de captura, varias personas les
informaron que el, hoy imputado, le
había dado muerte a su compañera de hogar Claudia Rojas. Ante tal situación,
procedieron a corroborar la información, encontrando al hoy imputado sentado en
el lugar y en uno de los cuartos el cuerpo sin vida de la hoy occisa, misma que
se encontraba con ocho meses de embarazo. Las lesiones encontradas en Claudia,
una herida por proyectil de arma de fuego. Manera de muerte según Medicina
Forense: homicidio.
Claudia Rojas vivía en unión libre con el imputado,
según los testigos y hechos que no fueron mencionadas al inicio del proceso,
ellos discutían contantemente, Claudia contó a una vecina que su esposo la
golpeaba con la cacha de la pistola. Según testigos ella tuvo dos abortos antes
producto de los golpes de su cónyuge.
Caso de Susana Cortes
El día domingo 16 de marzo del 2008 cerca de la cinco
de la tarde, la señora Susana Cortes se encontraba en la cocina de su casa de
habitación, y su compañero José Sotelo se encontraba descansando en su cuarto.
De pronto José le hablo a Susana para que fuera a dormir con él, ella no le
hizo caso porque platicaba con una amiga. En ese momento, José se levantó de su
cama y se dirigió a la cocina donde se
encontraba Susana sentada en una silla blanca y sin decirle nada le disparó el
arma de fuego de calibre desconocido hasta hora, impactándole en el ojo,
falleciendo en el acto.
Hallazgos en los casos
Caso de Celia Flores, en el proceso del juicio oral y público, nunca se
visibilizo a la víctima, una joven de 20 años a quien se le arrebato la vida.
El proceso se llevó en términos de descalificar los testigos e inclusive de no
aceptar medios probatorios a favor de la víctima. No hubo pericia para
interrogar a los testigos, los testimonios fueron considerados individualmente
y al hacer la correlación de hechos, la apreciación de juicios subjetivos de
los jueces sobre los testigos se evidencia. En ningún caso el Tribunal de
Sentencia hace alusión al asesinato de la joven Celia Flores.
Caso de Claudia Rojas, al imputado se le otorgo el beneficio de la medida
cautelar sustitutiva de la prisión preventiva, debiéndose presentar al juzgado
cada 15 días. Pese a tener orden de captura pendiente por otro delito. El
inculpado desde el primer momento argumentó que el arma se le había disparado y
se le permite estar libre todo el tiempo que dura el juicio porque la Fiscal no
acredita peligro de fuga, tampoco acredito dolo, según la resolución del juez.
Después de tres años del proceso aparecen argumentos sólidos, como los
expuestos por forenses en balística que el arma debió dispararse y estar cerca
de la víctima (por contacto) y no como se argumentó en los distintos momentos,
que el imputado la dejó en la mesa y se disparó.
Caso de Susana Cortes, el levantamiento del cadáver lo hizo el Alcalde
Municipal y Secretario, con dos miembros de la Policía Nacional Preventiva. En
el acta de levantamiento del cadáver de la Dirección General de investigación
Criminal (DNIC) menciona el apartado que señala “manera aparente de muerte
CELOS PASIONALES”. La declaración de la testigo ocular de los hechos dio su declaración a la DNIC, pero
esta no está firmada. Hay un dictamen del Ministerio Publico en el que indica
que no es recomendable seguir el procedimiento. El supuesto responsable fue
absuelto y salió del centro penal donde estaba recluido.
Fallo del Tribunal
Alterno
El Tribunal Alterno que lo integró Ana Carcedo,
española y Master en Estudios de la Mujer, feminista y académica; Cecilia
Barraza, chilena y Master en Ciencias Políticas; Julio Escoto, hondureño y
escritor, Master en Literatura Hispanoamericana, condenó al Estado de Honduras
en los tres casos de femicidios y señaló que se evidencia un patrón de
impunidad en los caso de los femicidios.
El Tribunal Alterno
condenó al Estado hondureño por la negligencia y tolerancia en la que ha
actuado para responder a los casos de femicidios y permitir que permanezcan en
la impunidad.
En la resolución el Tribunal alterno señala que
Susana, Claudia y Celia fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas como
acto final de unas relaciones de control, de dominación por parte de los
hombres que las consideraron de su propiedad.
En tal sentido el Tribunal Falló en el derecho a la vida, a
Claudia, Susana y Celia se les violo el derecho a una vida libre de violencia,
los episodios que condujeron a sus muertes no fueron hechos aislados, ni
realizados por desconocidos y el entorno donde se desarrollaba la violencia era
fácilmente detectable y se hubieran evitado sus muertos si el estado contara
con una intervención adecuada y oportuna.
Sobre el deber de
la no discriminación y el acceso a la justicia, la discriminación se mostró
claramente en los tres casos, sobre la resistencia de quienes administran
justicia a considerar como prueba los antecedentes de violación a las parejas
de parte de los imputados, obviar la solicitud de autopsia en el femicidio de
Susana por asumir que las circunstancias estaban claras, una mujer más que
muere, un hombre más que mata a su compañera. Por la falta de previsión de los
temores que los testigos pueden tener, y por no hacer uso de las pruebas
anticipadas que indica el Código del Procedimiento Penal, la concesión de
medidas sustitutivas al asesino de Claudia Rojas. Con respecto al derecho al
acceso a la justicia, se observa la falla en la debida diligencia, el
manejo de la prueba, evidencia, periciales
y fallo en la seguridad de los testigos.
El Tribunal Alterno
contra los femicidios emitió las siguientes conclusiones: los casos de violencia contra las mujeres por el hecho
de ser mujeres con resultado de muerte,
debelan una práctica sistemática y generalizada en Honduras y con altos niveles
de impunidad. Las entidades estatales involucradas en los casos luego de
registrado los hechos tuvieron actitudes negligentes durante el proceso
investigativo y judicial comprometiendo
la sanción adecuada a los responsables y poniendo en riesgo a las familias de
las víctimas y los testigo.
Los Abogadas y abogados litigantes; Guadalupe Ramos,
mexicana e integrante del Observatorio Ciudadano Nacional del Femicidio en
México; Patsilí Toledo, española y
doctora en Derecho Público; Leo Valladares, hondureño y Licenciado en Ciencias
Jurídicas y Sociales; Claudia Sánchez, hondureña y doctora en Derecho Humanos;
Tirza Flores, hondureña y abogada.
Publicado por el Marcalino
Edición 305, 25 de junio del 2013
No hay comentarios:
Publicar un comentario