San José, La
Paz. Proponen concertación para acordar beneficios económicos
para evadir el cumplimiento del Convenio 169 de los Pueblos Indígenas
y Tribales.
En su reciente
visita a la región del Municipio de San José el director de la
Dirección de Evaluación y Conservación Ambiental (DECA), Luis
Erenesto Eguiguren propuso se llegue a una negociación con la
empresa Hidroeléctrica Aurora para que las comunidades obtengan
beneficios económicos.
Eguiguren explicó
que según el expediente 2008-1491 el permiso de la licencia
ambiental se le otorgó a la Hidroeléctrica Aurora en agosto del
2009 y en ese momento no era requisito darle cumplimiento al Convenio
169 que exige la socialización del proyecto con las comunidades.
“El
concepto socialización es complicado, dijo. Porque según el
Convenio 169 de la OIT exige que, para desarrollar un proyecto que
utilice los recursos naturales públicos, se debe brindar la
información de una manera libre, espontánea y transparente.
Desafortunadamente cuando se hicieron los trámites de la
Hidroeléctrica Aurora I no era requisito cumplir con el convenio
169.
“Ahora que está
al frente de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente, SERNA,
el abogado Rigoberto Cuellar Cruz, se está exigiendo el cumplimiento
del convenio 169 pero solo para los proyectos nuevos y en este caso
lo que proponemos es que se llegue a acuerdos con la diputada Gladis
Aurora de manera concertada sobre los beneficios y compromisos que
el proyecto tendrá con la comunidad.
Por
otra parte, Eguiguren admitió que la Hidroeléctrica está en la
zona de amortiguamiento de la zona de reserva protegida El Jilguero.
El
Convenio 169 y el derecho a la Consulta de los pueblos indígenas.
El
artículo 6 del Convenio 169 señala la importancia de la consulta
mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus
instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas
legislativas o administrativas susceptibles de afectarles
directamente, pero l derecho a la consulta ha sido omitido en
Honduras.
En
el año de 1994 el Estado de Honduras firmó el Convenio 169 de la
OIT y posteriormente en 1995 ratifico el Convenio. Sin embargo hasta
la fecha no se ha respetado en derecho de los pueblos y se ha
violentado el el Tratado de Viena sobre el Derecho de los Tratados
a los que los países se suscriben y que tiene mayor valides que las
Leyes de los Estados.
El
Tratado de Viena es enfático en su artículo 26 sobre el Pacta Sunt
Servanda (Lo pactado obliga), señalando que "Todo tratado en
vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe".
Publicado
Por El Marcalino
Edición 282, 15
de enero del 2013
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