24 de enero de 2013

Que se reúnan y se pongan de acuerdo sobre la hidroeléctrica Aurora propone la DECA

San José, La Paz. Proponen concertación para acordar beneficios económicos para evadir el cumplimiento del Convenio 169 de los Pueblos Indígenas y Tribales.
En su reciente visita a la región del Municipio de San José el director de la Dirección de Evaluación y Conservación Ambiental (DECA), Luis Erenesto Eguiguren propuso se llegue a una negociación con la empresa Hidroeléctrica Aurora para que las comunidades obtengan beneficios económicos.
Eguiguren explicó que según el expediente 2008-1491 el permiso de la licencia ambiental se le otorgó a la Hidroeléctrica Aurora en agosto del 2009 y en ese momento no era requisito darle cumplimiento al Convenio 169 que exige la socialización del proyecto con las comunidades.
El concepto socialización es complicado, dijo. Porque según el Convenio 169 de la OIT exige que, para desarrollar un proyecto que utilice los recursos naturales públicos, se debe brindar la información de una manera libre, espontánea y transparente. Desafortunadamente cuando se hicieron los trámites de la Hidroeléctrica Aurora I no era requisito cumplir con el convenio 169.
Ahora que está al frente de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente, SERNA, el abogado Rigoberto Cuellar Cruz, se está exigiendo el cumplimiento del convenio 169 pero solo para los proyectos nuevos y en este caso lo que proponemos es que se llegue a acuerdos con la diputada Gladis Aurora de manera concertada sobre los beneficios y compromisos que el proyecto tendrá con la comunidad.
Por otra parte, Eguiguren admitió que la Hidroeléctrica está en la zona de amortiguamiento de la zona de reserva protegida El Jilguero.

El Convenio 169 y el derecho a la Consulta de los pueblos indígenas.
El artículo 6 del Convenio 169 señala la importancia de la consulta mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente, pero l derecho a la consulta ha sido omitido en Honduras.
En el año de 1994 el Estado de Honduras firmó el Convenio 169 de la OIT y posteriormente en 1995 ratifico el Convenio. Sin embargo hasta la fecha no se ha respetado en derecho de los pueblos y se ha violentado el el Tratado de Viena sobre el Derecho de los Tratados a los que los países se suscriben y que tiene mayor valides que las Leyes de los Estados.
El Tratado de Viena es enfático en su artículo 26 sobre el Pacta Sunt Servanda (Lo pactado obliga), señalando que "Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe".
 
Publicado Por El Marcalino
Edición 282, 15 de enero del 2013

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