Montgomery Melghem
Los límites entre Marcala y La Esperanza
Señor Ministro
Cumpliendo con lo mandado por el supremo gobierno el diez i ocho de Julio recién pasado, me permito la honra de emitir el siguiente:
INFORME
1° Anteriormente ha habido varias cuestiones entre los municipios de Marcala y la Esperanza, disputando el domicilio de los vecinos de la estanzuela; por consiguiente no han tenido domicilio fijo. Según las mayores y menores cargas concejiles en uno u otro pueblo, ellos han estado a lo mas favorable, en resumen: a ningún pueblo han prestado verdadera obediencia; y_
2° La jurisdicción demarcada y reconocida por las autoridades de Marcala y la Esperanza ha sido el principal lindero, el punto titulado “Chalingua” lugar medio entre las dos poblaciones; quedando la estanzuela en el radio jurisdiccional de Marcala.
Por datos no oficiales, sé que mi antecesor se dirigió al municipio de la Esperanza dándoles a reconocer como vecinos de aquella ciudad a los de la estanzuela. Los terrenos a que se refiere la municipalidad peticionaria; son según los informes que he adquirido de propiedad nacional que a pesar de haber habido tanta cuestión, los señores que se creen dueños nunca han incluido titulo que legalice su posesión. El límite de los (roto)
debe ser por un lugar más a propósito que el que menciona el referido municipio, no pudiendo señalar por ahora ninguno pues esto debe ser convencional entre ambos gobernadores.
Es cuanto al personal actual de esta gobernación puede informar al supremo gobierno por medio del señor ministro.
J SABILLON.
Pase la anterior solicitud a informe del Gobernador político de Intibucá= así acordó el gobierno, Tegucigalpa Dbre 8 de 1883.
Rafael Alvarado.
La Paz Agosto 26 1883
Fuente: Archivo Nacional de Honduras A.N.H., fondo Republicano, 1883
Publicado por El Marcalino
Edición 157, 12 de julio del 2010.
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